En el Congreso de Aguascalientes se presentó una iniciativa mediante la cual se busca agravar las penas por la difusión no consentida de contenido sexual; la cual fue presentada por la diputada Ana Laura Gómez en la sesión de la Diputación Permanente del pasado 17 de julio.
En la iniciativa se propone reformar el artículo 181 B del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, de modo que se cambie el concepto de “Violación a la intimidad” por, directamente, “Difusión no consentida de contenido sexual”, de modo que quede de la siguiente manera:
“Artículo 181 B. – Difusión no consentida de contenido sexual: persona que divulgue, publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización. Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización.”
Respecto a las sanciones, actualmente, al responsable por violar la intimidad personal se le aplican de 1 a 4 años de prisión, de 300 a 600 días de multa y el pago total de la reparación de los daños ocasionados. Mientras que, en la propuesta, se señala que a la persona que difunda contenido sexual sin consentimiento se le sancionará con multas de 500 a 1,000 días de multa, el pago total de los daños y de 3 a 6 años de prisión.
Cabe destacar que, en la exposición de motivos de la iniciativa se señala una fuerte inspiración en la Ley Olimpia y se destaca que actualmente los entornos digitales han dado pie a muchos escenarios de violencia que han afectado principalmente a mujeres, lo que vulnera sus derechos fundamentales.
“La violencia digital dirigida hacia mujeres y niñas se manifiesta a través de múltiples formas, entre las que destacan el ciberacoso (ciberbullying), el acecho digital (stalking), el engaño con fines sexuales (grooming), la exposición humillante (shaming), la publicación de datos personales (doxing) y, particularmente, la difusión no consentida de contenido íntimo. Estas prácticas vulneran derechos fundamentales al propiciar amenazas, difamaciones, hostigamiento, humillación y ataques que inhiben la libertad de expresión y deterioran profundamente la esfera personal de las víctimas”, señala la legisladora.
Finalmente, la iniciativa actualmente se encuentra atravesando su trámite legislativo, mediante el cual será analizada y, en función de ello, posteriormente subida al Pleno para que se vote su aprobación y legislación.