Durante sesión ordinaria, se aprobó en el Congreso Estatal de Aguascalientes, con 18 votos a favor, la iniciativa que reforma el artículo 178 F del Código Penal del Estado, luego de que, en la misma Legislatura meses atrás, se aprobara la creación de este artículo, el cual contaba con un error de redacción que podía atentar contra la libertad de expresión.
“Pues únicamente palabras, realmente el fondo sigue siendo el mismo, sanciona la colocación de narcomantas, pero ya el verbo rector es colocar mantas, cartulinas, lonas”, señaló la diputada Nancy Gutiérrez, promotora de la iniciativa original.
De esta manera, en el texto de la iniciativa del Congreso se destaca el cambio de “difusión de mensajes de grupos criminales” por “colocación de mensajes intimidatorios”. De esta forma, se evita el punto polémico del proyecto de ley original en el que se sancionaba la difusión de estos mensajes sin especificar excepciones, lo que podría afectar al trabajo de medios informativos.
“Se REFORMA el artículo 178 F al CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES, para quedar de la siguiente forma:
Artículo 178 F.- Colocación de mensajes intimidatorios. Comete el delito de colocación de mensajes intimidatorios quien, por sí o por interpósita persona, elabore, coloque o exhiba en espacios públicos o privados visibles al público, mensajes en cualquier medio físico, tales como mantas, cartulinas, pancartas, lonas, en el que se amenace, intimide, justifique, atribuya o promueva hechos con apariencia de delito, que pretendan generar intimidación, alterar la paz pública o influir en decisiones de autoridades o particulares”, señala el proyecto de decreto de la reforma.
Cabe destacar que en esta nueva iniciativa también se agravaron las penalizaciones por la colocación de mensajes intimidatorios, pues ahora se añadió el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a las sanciones que van de 1 a 4 años de prisión y una multa de 500 a 1,500 días multa.
“A quien cometa el delito de colocación de mensajes intimidatorios se le impondrá una pena de 1 a 4 años de prisión y de 500 a 1,500 días multa, así como el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados”, señala el texto de la reforma del Congreso.
Finalmente, la iniciativa fue aprobada con 18 votos a favor y se espera que próximamente se publique en el Periódico Oficial del Estado para el inicio de su vigencia.